viernes, 15 de febrero de 2013

Asamblea Fundacional - Agradecimientos


El pasado miércoles 13 de febrero, tuvo lugar la Asamblea Fundacional de los Músicos Independientes del Paraguay.

Nos honraron con su presencia, representantes de los más diversos sectores del rubro musical, en un clima de camaradería y confraternidad pocas veces visto en eventos de esta naturaleza, quienes otorgaron su voto de confianza a la nueva y pujante agremiación fundada.

Agradecimientos:

A la Directora de Acción Cultural y Turismo, Angie Duarte de Chytil, por concedernos gentilmente la Sala Ruy Diaz de Guzmán de la Manzana de la Rivera.
A la Prensa Escrita y Radial que se hizo eco de nuestra fundación
Al Plenario Asambleario para el éxito del mismo:
- Jose Antonio Galeano (Presidente)
- Sonia Valiente (Secretaria)
- Sonia Báez de Verón (Asesoria Jurídica y Logística)
- Daiana Ferreira Da Costa (Asesoria Juridica)
- Carolina Benitez (Veedor)
- Alejandro Paniagua Rolandi (Expositor del estatuto)

Celebridades presentes:

Alberto de Luque
Alejandro Méndez Mazó
Andrea Valobra
Carlos Schvartzman
David Portillo
Giovanni Primerano
Jorge Garbett
Juan Manuel Acevedo
Lisandro Cardozo
Livio Sanchez
Luis Alvarez
Oscar Fadlala
Oscar Pane
Ricardo Flecha
Richard Albospino
Riolo Alvarenga
Rolando Chaparro
Ulises Yambay
Representante de Berta Rojas, la señora Silvia Kohnen
Representante de Vocal 2: Dr. Carlos Pettengil
Representante de Asunción Blues: Derlis Gonzalez
Representantes del Grupo Evas
Representantes del Grupo Los Alfonso
Representante del Grupo Los Ojeda
Representante Grupo Los soñadores: Alfredo Gryciuk
Representantes del Grupo Generación: Patricia Alvarez
Representantes del Grupo Sembrador
Representantes del Conservatorio Nacional de Música (docentes y alumnos)
Profesores y docentes independientes
Representantes de los Mariachis: Mariachi Lara
Representantes del Rock
Representantes de la Retroband
Representantes de la Filarmónica Ipu Paraguay
Representantes de Músicos del sector Jazz
Gestores culturales: Marlene Sosa, Maby Mosqueira
Productores y Sonidistas varios

Y a todos los músicos jóvenes y adultos que dijeron PRESENTE, estampando su firma en el acta de fundación, un profundo y sincero

GRACIAS DE CORAZÓN!

Gacetilla - Presentación de listas para elección de comisión directiva


Músicos Independientes del Paraguay (MIP)
Informe del Tribunal Electoral Independiente - TEI 

Integrantes:

Manuel Zabel Bareiro (Presidente)
Mario Alberto Verón (Miembro Asistente)
Julio César Valderrama (Miembro Asistente)

Instrucciones para la presentación de Listas para integrar la Junta Directiva de Músicos Independientes del Paraguay (MIP), periodo 2013 – 2015.

Forma de Presentación de las Listas:
·     Presentando personalmente la planilla completa que se adjunta a la presente Gacetilla, en el local de MIP sito en la casa de la calle Avda. Rodríguez de Francia nro. 1084 entre EEUU y Brasil.

·        Enviando la planilla completa, a las siguientes direcciones de correo electrónico:


Fechas de Presentación:

·         Fecha Inicio: 15 de febrero de 2013
·         Fecha Límite: 19 de febrero de 2013 (hasta las 13:00)

Observaciones importantes:

      La fecha límite de inscripción como Socios Fundadores, que estarán habilitados a sufragar en la próxima elección, es el martes 19 de febrero de 2013.

Pasada esta fecha, las personas interesadas en asociarse podrán seguir firmando el Acta Fundacional hasta el miércoles 27 de febrero de 2013 en la sede de MIP, manteniendo de esta forma su estatus de “Socio Fundador” pero sin poder ejercer su derecho voto en la elección del 20 de febrero de 2013.

Se anexa modelo de lista de presentación para candidatos. 

Agradecemos su difusión.

jueves, 14 de febrero de 2013

Gacetilla - Fundación de la Asociación Músicos Independientes del Paraguay

 En fecha miércoles 13 de febrero de 2013, en el Auditorio “Ruy Díaz de Guzmán” de la Manzana de la Rivera, se llevó a cabo la Asamblea Fundacional de la Asociación “Músicos Independientes del Paraguay” (MIP), con la asistencia estimada de unos trescientos músicos y personas que ejercen actividades conexas, los cuales asumieron en tal acto la calidad de socios fundadores.

En dicha ocasión, se eligió como Presidente de la Asamblea Fundacional al Maestro José Antonio Galeano y como Secretaria a la Prof. Sonia Valiente. Asimismo, se llevó a votación y se conformó el Tribunal Electoral Independiente (TEI) que está compuesto por Jhony Verón, Manuel Zabel y Julio Valderrama.

En ese sentido, se decidió convocar a elección de autoridades de la Junta Directiva, a realizarse el día miércoles 20 de febrero de 2013, a las 18:45 horas. En la oportunidad tendrán derecho a conformar y presentar listas de candidatos todos los socios fundadores.

Finalmente, se acordó dejar abierta el Acta de Fundación hasta el miércoles 27 de febrero, a fin de que todas aquellas personas que habiendo dado seguimiento a las reuniones preparatorias de esta Asamblea, y que no hayan podido asistir a la misma en la fecha, puedan rubricar el documento de carácter de Socio Fundador en Avda. Rodríguez de Francia 1084 casi Brasil.

Cabe recordar que la Asociación “Músicos Independientes del Paraguay” surge ante la ausencia de ámbitos que sean representativos de la pluralidad de voces existentes en la realidad musical nacional; busca dignificar a la música y músicos de nuestro país, propiciar mejores días para los mismos y para la cultura nacional en general.

En este contexto, se llevará a cabo un Mega Festival de presentación en sociedad de la nucleación, evento de magnitudes inéditas en nuestro país, cuyo afiche adjuntamos.

Rogamos difusión.



martes, 12 de febrero de 2013

Nuestro segundo spot ya está en Youtube!


Les presentamos nuestro segundo spot, haciéndoles extensiva la invitación al gran festival "MÚSICA PÚPE", a llevarse a cabo el miércoles 27 de febrero en la Plaza de la Democracia. 

Este video fue filmado en el estudio de Bruno Ferreiro Vuyk, el lunes 4 de febrero del año en curso. 

PROTAGONISTAS (en orden de aparición)

Ricardo Flecha
Daiana Ferreira Da Costa
Ulises Yambay
Pedro Ojeda
Francisco Russo
Neri Rojas
Dayana Urunaga
Bruno Ferreiro Vuyk

FICHA TÉCNICA:

Cámara y Estudio Fotográfico: Bruno Ferreiro Vuyk
Sonido Directo: Rodrigo Burgos
Edición de Video: José Bogado
Edición de Audio: Sakyo Hiraiwa y Ariel Burgos
Estudio de Grabación de Audio: Burgos Bros.
Música: "La Jornada", Autor: Juan Manuel Acevedo
Interpretes: Jorger 'Lobito' Martínez (piano) y Berta Rojas (guitarra)
Maquillaje: Daiana Ferreira Da Costa
Guión: Ariel Burgos, Sonia Valiente, José Antonio Galeano, Francisco Russo, Pedro Ojeda y Ricardo Flecha.
Idea: Sergio 'Banana' Pereira
Dirección: Ariel Burgos


Asamblea Fundacional - Informe de cambio de local


Debido a imprevistos de último momento y por razones ajenas a nosotros, comunicamos el cambio de local para el desarrollo de nuestra ASAMBLEA FUNDACIONAL, a llevarse a cabo el día de mañana, en la Sala Ruy Díaz de Guzmán, de la Manzana de la Rivera (Ayolas Nº 129 en/ El Paraguayo Independiente y Benjamín Constant). Les esperamos!


lunes, 11 de febrero de 2013

Asamblea Fundacional - Preguntas y aclaraciones




Artículo 1º. ¿Es prescindible la mención de que es una actividad sin fines de lucro?

Se establece expresamente el tipo de asociación que es: Reconocida de Utilidad Pública. La misma está regulada por el Código Civil, a partir del artículo 102, y es un tipo de asociación sin fines de lucro. Las asociaciones con fines de lucro (sociedades, en lenguaje técnico), están reguladas en el Código Civil a partir del artículo 959 y en leyes especiales. Es totalmente innecesario aclarar que es sin fines de lucro; el mismo tipo de persona jurídica es incompatible, de pleno derecho, con el fin de lucro.

Artículo 3º. ¿Puede ser necesario declarar la prohibición de utilizar la entidad para favorecer a partidos políticos?

El Artículo 50º dice: “A los efectos de propaganda electoral, no podrán utilizarse los bienes de la institución”. En este precepto general también se entiende que no se podrá utilizar a la entidad ni a sus bienes para realizar propagandas electorales ni políticas, ni en MIP ni a nivel nacional.


Artículo 6º. ¿En qué momento se debe definir el domicilio?

En la Asamblea Fundacional. El miércoles 13 de febrero. Hay propuestas provisorias al respecto, de gente que "prestaría" domicilio.

Artículo 12º. ¿Se puede indicar la edad concreta de mayoría de edad?

La mayoría de edad es dinámica, por ende variable. Actualmente es 18 años, por imperio de la ley 2169/03, que modificó el artículo 36 del Código Civil. Poner "mayoría de edad" en lugar del número (18 años) tiene la ventaja de que si el día de mañana una nueva ley modifica nuevamente la mayoría de edad, no es necesario reformar el estatuto par adecuarlo al cambio legal. El concepto "mayoría de edad" se adapta al dinamismo cambiante de la ley.

Artículo 18º. ¿Sobre el mecanismo para solicitar información sobre el estado de la entidad? ¿Se requiere consignar la razón del pedido?

Este punto será determinado en el Reglamento Interno una vez que se conforme la Junta Directiva. Con la redacción del artículo 18º incisos "d" y "e", el socio puede realizar consultas aún sin motivo, lo cual favorece la transparencia. No obstante, sería bueno contar con fundamentos válidos para realizar una petición de esta índole.

Artículo 19º. ¿Quién define los descuentos? ¿Son cifras variables para cada socio junior?

Este punto será determinado en el Reglamento Interno una vez que se conforme la Junta Directiva. El descuento del que se menciona en el Estatuto beneficiará a todos los Socios Juniors por igual. Esto se refiere al descuento en el monto de la cuota social que pagan los Socios Activos y Nóveles.

En el artículo 36 inciso "e", señala que la potestad de fijar las cuotas es de la Junta Directiva. Por imperio del artículo 19º inciso "c", la Junta está obligada a fijar una cuota inferior para la categoría "Socios Juniors".

Artículo 22º. ¿Sería oportuno numerar las razones? ¿Cuál es el mecanismo administrativo para darse de baja? ¿Corresponde definir el estado de un socio "inactivo"? ¿Cuál es el mecanismo para reasociarse?

Las razones principales ya están enumeradas y son las expresadas en el Artículo 22º, complementadas por las establecidas en el Código Civil.
Los socios causarán baja por alguna de las siguientes razones:
a.   Por voluntad propia;
b.  Por falta de pago de cuotas por más de 12 meses seguidos, previa intimación de la Junta Directiva, por escrito, a ponerse al día, para lo cual tendrán un plazo de 6 meses a partir de la notificación. Transcurrido dicho plazo, causarán baja automáticamente;
c.  Por comisión de acciones que perjudiquen gravemente los intereses de la Asociación, mediante resolución fundada de Asamblea General Extraordinaria;
d.   Por incumplimiento de las normas estatutarias;
e.   Por otras causas establecidas en el ordenamiento civil vigente; y,
f.    Por fallecimiento.

-    El mecanismo administrativo para darse de baja: Lo va a establecer la Junta Directiva en el Reglamento Interno. Pero básicamente sería por haber incurrido en una de las causales previstas en el Art.22°.

-    El socio inactivo es, por imperio del artículo 10º, a contrario sensu, aquel que no cumpla en un momento dado las condiciones enumeradas en el mismo (pago de cuotas según establece el 22º, falta de antigüedad, etc.).

-    Mecanismo para reasociarse: Lo establecerá la Junta Directiva en el Reglamento Interno. Estimamos que tras abonar el monto de las cuotas adeudadas y tras previa aprobación de la Junta Directiva se podría readmitir a un socio.

Artículo 24º. ¿Se contrapone la fecha establecida del 22 de noviembre, al Artículo 36º respecto a fijar la fecha de Asamblea Ordinaria?

La Asamblea General puede ser Ordinaria como extraordinaria. La ordinaria ya tiene fecha definida, las extraordinarias no la tienen por lo que se mantendrá la redacción actual.

Artículo 25º. ¿El plazo de convocatoria para una asamblea, de cuarenta días de antelación como mínimo, podría afectar situaciones que requieran un plazo más inmediato?

El plazo de 40 días habría que dejarlo para las ordinarias, para que sea racional con el Art. 45º, y dejar un plazo menor de 15 días para las extraordinarias. La ordinaria es una sola al año, no atiende ningún tipo de urgencia.

Artículo 28º. ¿La cantidad de socios validante es del total del gremio o de los presentes en la Asamblea? ¿Será necesario instrumentar este apartado para que muy pocos socios no tomen decisiones relevantes?

La cantidad de socios validantes corresponde a la totalidad de Socios Activos de MIP. No se tiene en cuenta a la cantidad de presentes porque en la Asamblea pueden estar con derecho a voz Socios los Nóveles y Juniors. Pero al no tener derecho a sufragio activo ni pasivo, se considera como socios validantes exclusivamente a los Socios Activos.

Lo de sesionar en segunda convocatoria con cualquier número de asistentes, proviene de la ley, del Código Civil, que estatuye esto en el artículo 108. Según el folleto del Ministerio respectivo, las mayorías (incluyendo la que acabo de mencionar) deben ser exactamente iguales al Código Civil, so pena de no ser acepatados los estatutos.

Creemos que está lo más racionalmente instrumentado posible.

Artículo 42º. ¿Sería oportuno numerar las facultades y obligaciones?

El artículo 42º, efectivamente numera las facultades y atribuciones.Y esto es conveniente por sistematización (se numeran en orden las facultades y atribuciones de todas las autoridades) y por transparencia, ya que de no determinarse en el estatuto, sería materia del reglamento interno, con lo cual la junta directiva podría recortar las funciones del Síndico, dándole menos poder de control, lo cual no garantizaría la transparencia de la gestión.

Artículo 43º. ¿Existe la opción de que fuera un equipo con dos o más asesores jurídicos?

Entre los Comités a formarse, se podría crear un Comité Legal encabezado por el Asesor Jurídico del Gremio. Es importante señalar que se podrá tener dictámenes consensuados por un grupo de abogados, no obstante, es recomendable centralizar la representación legal en una persona elegida para desempeñar esas funciones.

Artículo 57º. ¿Cómo se definirá la entidad de enseñanza beneficiada?

El artículo 55º determina las causas de la disolución. En el caso del inciso "a" lo haría la asamblea, en el del artículo "b" es necesario tener en cuenta el artículo 113 del Código Civil, y cada uno de los incisos tiene una respuesta diferente (por ejemplo, el "d", sería probablemente el síndico de la quiebra quien determine) y lo mismo en el caso del inciso "c" (sentencia judicial, sería probablemente el juez). Hay muchos supuestos diferentes de disolución, y muchas causas, y es imposible enumerar todas las respuestas posibles a todos los posibles supuestos de hecho.

Preguntas varias:

La opción para músicos en el exterior se aplica para quienes viven en localidades distantes de Paraguay?

Los que estén en el exterior, interior o no puedan asistir por motivos de Fuerza mayor deberán otorgar el poder a un representante que firme el Acta Fundacional por ellos. Deberán traer impreso, la Carta Poder, la fotocopia de cédula de identidad del representado y del representante.

Cual es la circunstancia con músicos extranjeros residentes en Paraguay?

Los músicos extranjeros residentes en Paraguay deberán presentarse con su documento de identidad policial paraguayo (que es un comprobante de que reside legalmente en el país). Supongamos que algún extranjero que reside en Paraguay pero que no podrá tampoco asistir el miércoles a la Asamblea Fundacional, tendrá que seguir el mismo procedimiento para otorgar un poder a un representante que venga a firmar el Acta Fundacional a su nombre.
Que documentación requieren los menores de 18 años?
Los Socios Juniors: deberán presentar fotocopia de su documento de identidad nada más. Hasta tanto se conforme el Tribunal Electoral Independiente (TEI). El TEI llamará a elecciones y será potestad de la Junta Directiva que resulte electa dictar un reglamento interno que contemplará formalidades como estas y que establecerá un monto de la cuota social. En el caso de los menores, considero necesaria la identificación de los padres como tutores y responsables de cubrir la cuota social de sus hijos. Pero todo esto, es para procedimientos posteriores.

Si yo no asisto este miércoles no puedo votar el 20?

No, porque no tendría la categoría de “Socio Fundador”, el cual luego de la Asamblea Fundacional pasa a ser directamente “Socio Activo”. Si uno se inscribe en fecha posterior al miércoles se pasaría a la categoría de “Socio Novel” y requerirá el transcurso de un año para pasar a la categoría de “Socio Activo” y por ende, para tener derecho de sufragio pasivo y activo.
Es por eso que es importante la presencia de todos este miércoles y si la misma no es posible, por residir en el exterior o por motivos de fuerza mayor, será importante la remisión de la Carta Poder con las fotocopias de los documentos a algún representante que firme el Acta Fundacional en nombre del representado.
Requisitos y documentaciones requeridas para la Asamblea Fundacional:
Para los mayores de Edad:
a) En el caso de tener nacionalidad paraguaya, ser residentes en la República del Paraguay o en el exterior. En caso de tener nacionalidad extranjera, residir legalmente en el territorio nacional;
b) Presentar una fotocopia de su cédula de identidad en caso de firmar el Acta Fundacional personalmente.
c) En caso de hacerlo mediante apoderado: Presentar Carta Poder impresa con una fotocopia de la cédula de identidad del apoderado el día de la Asamblea Fundacional (miércoles 13 de febrero de 2013).

Para los menores de edad, a partir de 14 años:

a) En el caso de tener nacionalidad paraguaya, ser residentes en la República del Paraguay o en el exterior. En caso de tener nacionalidad extranjera, residir legalmente en el territorio nacional;

b) Presentar una fotocopia de su cédula de identidad en caso de firmar el Acta Fundacional personalmente.
c) En caso de hacerlo mediante apoderado: Presentar Carta Poder impresa con una fotocopia de la cédula de identidad del apoderado el día de la Asamblea Fundacional (miércoles 13 de febrero de 2013).
d) Presentar fotocopia de cédula de los padres y/o tutores.


Asamblea Fundacional - Orden del día



Primera Parte:  Asamblea Fundacional

1. Aceptación de los presentes de la propuesta de transformar la convocatoria en una Reunión de carácter asambleario fundacional. 
2. Elección de autoridades de Asamblea: Presidente y Secretario.
3. Lectura, análisis y aprobación del Estatuto.
4. Elección de Tribunal Electoral Independiente (TEI).
5. Llamado a cuarto intermedio, a fin de que el TEI realice el proceso de preparación de las elecciones. Plazo propuesto: una semana.

Segunda Parte: Organización del festival.

1. Exposición de Richie Vidaurre acerca de la logística del festival: costos, staff de voluntarios necesario para la realización del festival y cuestiones logísticas pendientes en general.

2. Debate y elección del logo de Músicos Independientes del Paraguay.

3. Propuesta de Berta Rojas: Incluir en el festival el bloque “3 minutos para los que se fueron en el 2012”, como ser Pildayn, Cataldo, Chester, Roberto Thompson, y otros.
Fundamentos:
* Fomentar la memoria en un pueblo que se caracteriza por no tenerla.
* Decir gracias a quienes dieron su vida por el arte musical paraguayo, en la persona de los fallecidos recientemente.

4. Exposición del cineasta Osvaldo Ortiz Faiman, presidente de la Organización de Profesionales del Audiovisual, sobre la filmación del festival, y Horacio Cáceres, sonidista reconocido de nuestro medio, quien brindará su aporte como asistente de escenario.

5. Exposición del segundo spot de “Músicos Independientes del Paraguay”.